
Mineras, totalmente opacas; no reportan accidentes o decesos laborales
De las utilidades obtenidas de esa explotación, ni se diga: las mineras sólo están obligadas a pagar leves impuestos, menos de diez pesos por cada millón de pesos que se logran en utilidades, siempre y cuando la minera en cuestión declare ante la Secretaría de Hacienda que durante el periodo a declarar sostuvo algún tipo de utilidad. Cuando hay pérdidas —lo que es imposible en la industria minera— no existe obligación de pago